PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada MARIANA MARCON, apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada en fecha 10 de diciembre de 2024, por el JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, que declaró perimida la instancia y extinguido el proceso.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA en la presente causa.
TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 10 de diciembre de 2024, por el Tribunal NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL que declaró PERIMIDA LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), incoara BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil COMERCIAL CEN 168, C.A., y el ciudadano CEN JUNTIAN.
CUARTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión
PUBLIQUESE, REGISTRESE y déjese copia certific.....