PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por el abogado HENRY MORIAN, en su carácter de apoderado judicial del FONDO INTERNACIONAL DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS DEBIDOS A LA CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS, 1971, (FIDAC), en contra de la decisión de fecha 07 de febrero de 2011, y en consecuencia se confirma la referida decisión dictada por ese Juzgado con diferente motivación.
SEGUNDO: Se ordena que una vez recibido el presente expediente en el Tribunal de Primera Instancia Marítimo, el Juez deberá concluir la experticia para lo cual conjuntamente con los dos (02) expertos designados se hará definitivamente la estimación de las cantidades a pagar, establecidos en la sentencia firme recaída en la causa principal.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte apelante FIDAC, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.