Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la rectificación del acta de nacimiento de la de cujus Mireya Elena Sánchez Trujillo, solicitada por la ciudadana Gloria Coromoto Sánchez de Palmero, plenamente identificada en autos; en tal sentido, ordena que se rectifique el error mencionado en el término siguiente: Donde se lee "que es su hija legítima y de: Emma Monsanto de Sánchez", debe leerse: "que es su hija legítima y de Emma Trujillo de Sánchez:", como real y legalmente corresponde.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774.....