DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto; este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio por Desafecto presentada por la Ciudadana: MAILYNG PATRICIA TORREALBA RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-12.965.385, contra el Ciudadano: JOSE ALEXANDER MONTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.540.683 y en consecuencia; DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unió a ellos, desde el VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS (24-09-1996), según consta en Ac¬ta de Matrimonio N° 237, Inserta ante el Registro Civil del Municipio Araure, Estado Portuguesa. Con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia Nº 1070, de fec.....