este Juzgado previa revisión de las facultades de disposición conferidas a las representaciones judiciales en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes, y por cuanto los términos de la Transacción celebrada, no vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con el artículo 10 de su Reglamento, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. así se decide.
La Juez
La Secretaria
Abg. Luisa Avila
Abg. Thayna Albarran