En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.159, 1.167 y 1.579 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en los artículos 362 y 506 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada ciudadano CLAUDIO VALERA MENDOZA, representado en el juicio por el abogado ADRIAN NICOLAS GUGLIELMELLI, ya plenamente identificados en el presente fallo.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por las sociedades mercantiles INVERSIONES LOMA FRESCA, C.A., y CLUB VAFRE C.A., contra el ciudadano CLAUDIO VALERA MENDOZA, ambas partes identificadas en el encabezado de la presente decisión.
TERCERO: Como consecuencia del particular anterior, SE .....