Se ABSUELVE al ciudadano EDGAR EULISES AYALA, de las características enunciadas en el encabezamiento de la presente decisión, de los cargos que le fuesen formulados por la perpetración de los delitos de ROBO AGRAVADO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, figuras delictivas que sancionaban los artículos 457 y 472 del Código Penal hoy reformado y de conformidad con las previsiones de los artículos 365 y 367 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, esto por considerar no existen suficientes elementos que permitan vincular a la persona del acusado con el primero de los delitos y al no haberse acreditado siquiera la materialidad del segundo.