DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, NIEGA la conversión de la pena de presidio que le falta por cumplir al penado RAMSES ROGER JIMENEZ RIVERO, identificado en la presente decisión, por la de CONFINAMIENTO. Esto por cuanto no llena los requisitos exigidos en el artículo en el artículo 56 del Código Penal.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes, diaricese. Cúmplase.
EL JUEZ,
Dr. OSWALDO IDROGO.-
EL SECRETARIO
Abg. RUBEN MORALES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
Abg. RUBEN MORALES.-
Causa NºJE12/907-05.-
OI/RM/jabc.-