Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra el auto de fecha 03 de abril de 2017, dictado por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas; todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Ricardo Alfredo Vivas Rincón contra las sociedades mercantiles Mensajeros Radio Worldwide, C.A. (MRW) y Ocean Canal Investmet INC, C.A.; en consecuencia se confirma el auto apelado.