Así pues, se entiende que el desistimiento es el acto jurídico que consiste en la renuncia positiva y precisa que realiza el actor o interesado a los actos del juicio, es decir, el abandono de la instancia, la acción u otro tramite del procedimiento, en cualquier estado o grado de la causa.
En el caso en autos, el apoderado judicial de la parte demandada recurrente, quien posee las facultades para desistir del procedimiento de Control de Legalidad interpuesto conforme al artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentó solicitud de desistimiento del mismo, por lo que hay razones suficientes para homologar dicha manifestación de voluntad; y en consecuencia, esta Alzada declara la HOMOLOGACION DEL DESISTIMIENTO del recurso de Control de Legalidad interpuesto contra la decisión de fecha 04 de Julio de 2022, dictada por este Juzgado Segundo (2°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, tiene el carácter de cosa juzga.....