Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 25, 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
Primero: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por falta de interés procesal de la parte actora; y, el abandono del trámite, en la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano ALFREDO ERNESTO RAMÓN DE LA COROMOTO VETENCOURT DE LIMA contra actuaciones judiciales dictadas por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y a los criterios jurisprudenciales previ.....