Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la aclaratoria solicitada por la abogada IDELSA MARQUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia proferida por esta Alzada en fecha 10 de agosto de 2012, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano JHONNY ALBERTO QUINTANA SILVA en contra del Grupo de empresas TRAYLOG LOGISTICA INTEGRAL C.A., INVERSIONES 2020 C.A., CONTALFA C.A., y LOGISTICA BERNA C.A. SEGUNDO: Queda así aclarado el fallo apelado y téngase como parte integrante del mismo la presente decisión, procediendo el pago de las utilidades en base a los parámetros supra señalados. TERCERO: No hay condenatoria e.....