declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de prescripción alegada por la demandada en la oportunidad de la contestación al fondo de la demanda y PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana ROXANA PRATO PEÑALOZA, contra la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV) plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la empresa demandada a cancelar a la parte actora las siguientes cantidades: 1) el pago de una pensión de jubilación vitalicia de Bs. 576.261,00, dicho monto deberá ser reajustado en proporción a los incrementos que hubiera otorgado la empresa sobre este beneficio, desde la fecha de la terminación del contrato, tal como si el reclamante estuviese disfrutando de la jubilación acordada por vía judicial, mas los beneficios adicionales establecidos en el plan de jubilación que rige a las partes, dicha pensión debe ser cancelada a partir de la fecha de la ruptura del vinculo de trabajo de forma vitalicia y se orde.....