ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana AMERICA ROSA LOZANO RIVERA, Defensora Pública (10º) Auxiliar, actuando en defensa del ciudadano EDGAR JOSE ACOSTA, titular de la cédula de identidad Nº V-15.403.642, en contra de la decisión dictada el 08 de septiembre de 2016, por el Juzgado Cuarto (4°) en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en delitos de Violencia contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, por medio de la cual decretó Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, al referido ciudadano. Téngase como presentado de manera tempestiva la contestación del referido Recurso de Apelación, por resultar consignado dentro del lapso legal correspondiente.