IV.- DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 05 de abril de 2017 (f.167) por el abogado HECTOR EDUARDO RIVAS MILTON, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil CORPORACION EL CHUPE, C.A., contra el auto dictado en fecha 28 de abril de 2017 (f.165) por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor
de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que Negó la solicitud de Notificación de la Fiscalía General de la República, en la denuncia de Fraude Procesal interpuesta por la parte demandada sociedad mercantil CORPORACION EL CHUPE, C.A., en el juicio que por C.....