Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuadragésimo Cuarto (44°) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al acusado ciudadano JOSÉ LUIS MARTÍNEZ GRANADOS, nacionalidad venezolana, de profesión u oficio chofer de transporte público, titular de la cédula de identidad N° V-11.993.723 y residenciado en Bloque 32, apto. 4, letra C, 23 de Enero - Caracas, por la comisión del delito de hurto simple tipificado en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio de la empresa Farmatodo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 48 ordinal 6º Ejusdem.