PRIMERO: Se declara improcedente la solicitud de revocatoria formulada por el apoderado judicial de la parte actora en contra del auto de fecha 07/08/2008 dictado por este Tribunal, que originó la presente incidencia;
SEGUNDO: Se declara sin lugar la oposición formulada por la ciudadana JECAR JOSEFINA MENDOZA FISCHER, mediante escrito presentado en fecha 04/08/2008, en contra de la ejecución forzosa decretada por este Tribunal el 25/10/2007;
TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no se produce condenatoria en costas.
Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera del lapso correspondiente, se acuerda la notificación de las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.