Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de octubre de 2008, por el abogado HENRIQUE CASTILLO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 06 de octubre de 2008, oída en ambos efectos en fecha 14 de octubre de 2008. SEGUNDO: SIN LUGAR la existencia de una unidad económica y sin lugar la demanda con respecto a EL JARDIN DE LA CUADRA, C. A. e INVERSIONES SOCHULOS, C. A. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por diferencia de prestaciones sociales interpuso el ciudadano SANTIAGO CONTRERAS.....