este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Ejecución, le imparte la HOMOLOGACION al cumplimiento que en este acto efectúa la parte Demandada y que la parte Accionante acepta en este acto, todo ello de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, el cual es aplicado por analogía atendiendo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo, se ordena agregar a los autos en un folio útil copia simple del instrumento valor (cheque) a favor de la parte Accionante por la cantidad de Bs.F.379,43, de acuerdo con lo indicado en el Decreto de Ejecución Forzosa, de fecha primero de noviembre de 2010, que consta al folio 272, del físico del expediente. Igualmente, se deja sin efecto la práctica.....