este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda propuesta por la Sociedad Mercantil CONDOMINIO CENTRO DOS CAMINOS, en contra de la ciudadana MARIA ELENA RONDON.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTICUATRO BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (BFs. 27.124,71); por concepto de cuotas de condominio insolutas desde el mes de febrero de 2000 hasta el mes de agosto de 2007.
TERCERO: Se ordena la indexación de las cantidades aquí demandadas, la cual será calculada mediante experticia complementaria al fallo.
CUARTO: Se niega el cobro de los gastos de cobranzas, intereses moratorios y gastos no comunes pretendidos por la parte actora en las facturas de condominio.
QUINTO: Dada la naturaleza de la presente dec.....