En fuerza de los razonamientos que anteceden, éste Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio que incoara la ciudadana MARITZA EUGENIA DHERS GÓMEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V.-6.918.564, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que la unía con el ciudadano GUILLERMO ENRIQUE GÓMEZ OSORIO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.557.534, contraído en fecha 26 de septiembre de 2014, ante el Registro Civil del Municipio Baruta, estado Bolivariano de Miranda, según consta en Acta Nº 621.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la Ciudad .....