Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos MAHDI NASSEREDDINE NASSEREDDINE y FATME MOUNZER, mayores de edad, el primero venezolano titular de la cédula de identidad Nº. V- 30.861.207 y la segunda de nacionalidad Libanesa, titular del pasaporte N° LR2365876, de este domicilio.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos MAHDI NASSEREDDINE NASSEREDDINE y FATME MOUNZER, en fecha 28 de enero de 2022, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao.....