ÚNICO DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Abg. ANDRES ELOY CASTILLO, en su condición de Defensor del ciudadano Imputado ROBERTO JOSÉ HERRERA RAMOS, contra la decisión dictada por el Tribunal 9º de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 12 de noviembre de 2009, cuya decisión motivada fue publicada el mismo día, mes y año en curso (12 de noviembre de 2009), mediante la cual decretó Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad al ciudadano ROBERTO JOSÉ HERRERA RAMOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, en sus tres numerales, 251, numerales 2 y 3, y 252, numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal; y, en consecuencia, CONFIRMA la Decisión Recurrida.