Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: PROCEDENTE LA ACLARATORIA DE LA SENTENCIA solicitada por la representación judicial de la parte actora de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 10 de diciembre de 2013, mediante la cual declaró con lugar la impugnación de la experticia en la presente causa, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 252 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a la cual se le confiere efecto de cosa juzgada. Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la Republica de conformidad con lo establecido en el articulo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Repu.....