En virtud de las razones indicadas, esta Corte de Superior del Sistema de Responsabilidad penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Revisión interpuesto por el profesional del derecho abogado WILIAN ENRIQUE CLAVIJO OROZCO contra la sentencia definitivamente firme dictada a consecuencia de la aplicación del procedimiento especial por Admisión de Hechos, Dictada en fecha 23 de julio de 2014 por el Tribunal Noveno (9) de Control, sancionado al cumplimiento de Tres (3) Años Y Cuatro (4) meses de Privación de Libertad , por la comisión de los delitos homicidio calificado con Alevosía por Motivos Fútiles en grado de Cooperador inmediato y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en los artículos 84 numeral 3 en relación los artículos 405 y 406 del Código Penal y Ocultamiento de Arma de Fuego articulo 277 del Có.....