Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE POR CADUCA, la querella interpuesta por el ciudadano CARLOS NEPTALI RUIZ IRIARTE, portador de la cédula de identidad Nro. 5.092.077, debidamente asistido por el abogado EDUARDO ANTONIO MEJIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 27.075, mediante la cual solicita el pago de sus prestaciones sociales al Concejo Municipal del Municipio Vargas del Estado Vargas.