En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CONSUMADA LA PERENCION en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue la sociedad mercantil CARIBBEAN PETROLEUM INTERNATIONAL SERVICES S.A., contra el buque "DELTA H" y su Capitán JOSÉ FAUSTINO ATENCIO, C.A., en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA.