´PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de Resolución de Contrato contenida en la demanda incoada por SOCIEDAD MERCANTIL ``EUROLICORES C.A.´´ en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL ``G.L.V GRUPO LUVITEC VENEZUELA, C.A, en lo sucesivo LUVITEC VENEZUELA, ambas partes plenamente identificadas en autos; por consiguiente, resuelto el contrato de obras Denominado Generales de Suministro e Instalación suscrito por las partes
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a devolver a la parte actora, la suma UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 1.554.762,54) por concepto del 50% del anticipo, en virtud de la resolución del contrato, cantidad esta que se ordena indexar desde la fecha 28 de noviembre de 2013 fecha en la cual la parte demandada desistió del contrato obra hasta la fecha que la presente sentencia quede definitivamente firme, cálculo se efectuara a través de experticia complementaria del fallo confo.....