Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN con motivo de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte accionante, oída en ambos efectos, en fecha 18-05-06, en contra de la decisión de fecha 09-03-06, emanada del extinto Juzgado Sexto de Primera Instancia del Trabajo de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró CON LUGAR la demanda por prestaciones sociales incoada por el ciudadano FREDY DAMIÁN AMAYA en contra del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES ( IVSS); SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado; TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente .....