En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la demandada VIALIDAD Y CONSTRUCCIONES S.A, representada judicialmente por la ciudadana FRANCIA HELENA CEDEÑO COLONIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 65.935, y el ciudadano NICOLAS ALBERTO GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 31.892, actuando en su propio y representación, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos. Asimismo se deja constancia que una transcurra el lapso pertinente para la interposición de los recursos a los que hubiere lugar se dará por terminado el presente asunto, ordenando su archivo definitivo y su cierre informático. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las par.....