Este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo, se hace entrega en este acto del escrito de promoción y elementos probatorios de la demandada. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 199 °.
La Juez
Leticia Morales Velásquez
Apoderado Judicial de la Parte Demandada
La Secretaria
Abg. Marjorie Maceira