´Por ello, se declara con lugar la apelación interpuesta en fecha 20 de mayo de 2019, por el abogado NOSLEN ENRIQUE TOVAR CAMEJO, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANDRÉS EDUARDO KOLANOVIC VILLALOBOS y por el ciudadano MATEO ANTONIO KOLANOVIC RIVAS, el primero en su carácter de heredero conocido de la parte demandada; el segundo, en su carácter de padre del primero y ocupante, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de noviembre de 2018, por el Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; todo lo cual se declarará de forma expresa y precisa en el dispositivo del presente fallo. Así formalmente se decide.´´