Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos LUISA VILLAR LOPEZ y ALBERT JOSE ESPAÑA MILANO, titulares de las cédulas de identidad números V- 12.955.990 y V- 13.895.178, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante el Registrador Civil Del Municipio Chacao, Del Estado Miranda, en fecha 01 de marzo de 2008, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 58, de los Libros de Registro de Matrimonios respectivos. Liquídese la comunidad de gananciales en los mismos términos y condiciones expuestos por los cónyuges.