Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción que, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue FUNDACARACAS contra el ciudadano D’ ANTONIO RAPALI ATILIO, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
En consecuencia: PRIMERO. Queda resuelto el contrato de arrendamiento, en consecuencia, se ordena a la parte demandada a entregar totalmente desocupado de bienes y personas un inmueble distinguido con el N° 3 ubicado en el edificio Tarqui, situado en la esquina de Monroy, Avenida Universidad, Parroquia Candelaria del Municipio Libertador, Distrito Capital. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de las siguientes cantidades: a) UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON VE.....