Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, IMPROPONIBLE, la presente demanda, de conformidad con lo establecido en el articulo 266 del Codigote Procedimiento Civil por aplicación analógica del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Así se establece. En Caracas, a los Diecinueve (19) días del Mes de Junio de 2023. Año 213º y 164º. Publique y regístrese la presente decisión.
El Juez
Abg. Mario Montalvan.
La Secretaria
Abg. Crisnary Godoy.