Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos: JEAN CARLOS MALDONADO JALLO y AMLIV ALEXANDRA ACUÑA DE MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.522.307 y V-19.499.013, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha 22 de febrero de 2007, según consta de acta de matrimonio Nº 27, del libro de matrimonios correspondientes al año 2007.