IV
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar la demanda de desalojo, ejercida por la abogada Paula Bogado Carrillo, inscrita en el Inpreabogado bajo la matrícula nº 178.158, en su carácter de representante legal de la empresa mercantil Real Habitat C.A, de este domicilio inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 17 de diciembre de 2004, bajo el nº 37, Tomo 213-A, representada por su directora principal Miriam Bali de Alemán, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad nº V-2.946.473, contra el ciudadano Leudys Domisio Piñango Tineo, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y ti.....