DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control de la Sección Penal de Responsabilidad De Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: DECRETAR el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa seguida al ciudadano XXXXX, identificado en esta decisión, de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el hecho imputado no es un hecho típico, ello en relación con el literal “d” del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, haciéndose la salvedad, que no resulta aplicable en el presente caso en numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal
Diarícese, notifíquese, y déjese copia de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Control de la Sección de Adolescentes del Circ.....