En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana: AYDEE POSSU en contra de la ciudadana: YUDITH JOSEFINA SALAZAR OCA, ambas partes plenamente identificadas en autos. En consecuencia se RESUELVE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, suscrito en fecha veintinueve (29) de Marzo del año Dos Mil Cinco (2005), y se condena a la demandada a: Primero: Entregar sin plazo alguno y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió el bien inmueble constituido por un apartamento ubicado en el piso 21, apartamento 21D, del Edificio denominado BETA, Residencias Bello Monte, ubicada entre las intersecciones de la Avenida, Carona, Orinoco, Humbolt, y segunda Calle de Bello Monte Jurisdicción de la Parroquia, El Recreo Municipio Libertador del Distrito Capital. Segundo: Al pago de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses que va.....