-III-
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA la TRANSACCIÓN, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES INTIMACIÓN sigue la Sociedad Mercantil BACTERIOLAB SAN BERNARDINO, C.A., contra la empresa CENTRO DE CIRUGÍA AMBULATORIA DE VENEZUELA "C.I.A.V." C.A, ambas partes identificadas con anterioridad, signado con el expediente No. AP31-M-2011-000136 de la nomenclatura particular de este Despacho, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el artículo 256 eiusdem.
Asimismo, se acuerda oficiar a la Entidad Bancaria Banco Mercantil, a los fines que el apoderado judicial de la parte actora el abogado Roberto Salazar, inscrito en el inprea.....