De los recaudos consignados en copia simple por la parte actora en el cuaderno principal no existe ninguno que lleve a concluir a quien decide que existe riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo, en caso de una eventual declaratoria con lugar la demanda, requisito éste que debe ser concurrente con la presunción de buen derecho, para que sea procedente el decreto de las medidas cautelares. En consecuencia, se declara improcedente la medida solicitada por la parte actora; y así de decide.