Ahora bien, en virtud de lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN EFECTUADO, en el presente juicio, en los términos expuestos en la diligencia suscrita por los ciudadanos ISOLINA CARIDAD BETANCOURT y JUSTO BARROSO, asistidos por el abogado en ejercicio LUIS ANDRES FUENMAYOR, en fecha 28 de Agosto de 2013, y de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el mencionado DESISTIMIENTO. En cuanto a la solicitud de que le sean devuelto los originales cursante a los autos, el Tribunal acuerda dicha devolución, previa certificación de autos por secretaria de conformidad con lo establecido en el artícul.....