Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo, por la potestad conferida por los ciudadanos y ciudadanas, este JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la DEMANDA POR COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, CUMPLIMIENTO DE CONTRACTO COLECTIVO Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano ANDRES LEONIDAS PEÑA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.806.755 contra el BANCO EXTERIOR, C.A., BANCO UNIVERSAL, inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de enero de 1956, bajo el N° 5, tomo 7-A. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a pagar al accionante los conceptos que se discriminan en la parte motiva del presente f.....