DECLARA a los hijos: GLORIA MAGLOVIA, HUGO JOSE y LUIS ALBERTO LOVERA SANDINO venezolanos mayores de edad, y titulares de la cédula de identidad Nros V-6.548.340, 9.488.403, 11.674.374, respectivamente, y a sus nietos: MARIA JOSE, JOSE ENRIQUE, ENRIQUE JOSE, LOVERA PORTILLO, venezolanos y titulares de la cédulas de identidad Nros: V- 16.301.378, 24.731.441, 19.163.508 respectivamente, y (X), de once (11) años de edad, e igualmente a su esposa la ciudadana DALILA SANDINO DE LOVERA, venezolana mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-12.385.088, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE DEL ROSARIO LOVERA, quien fuera titular de la cédula de identidad Nº V-2.109.265. Así se decide.
Se dejan a salvo los Derechos de Terceros. Devuélvanse los originales a las partes interesadas, dejando copias, previa certificación en actas por secretaría.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación Sustan.....