Se dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva mediante el cual, este Juzgado declaró la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo estatuido en el artículo 267, en concordancia con lo previsto en el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por Cobro de Bolívares (Intimación), siguiera el Banco Bicentenario, Banco Universal C.A., contra la sociedad mercantil Autocentro LG, C.A.