Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la ACCIÓN REIVINDICATORIA incoada por el ciudadano CRISTIAN HILARIO RAMOS ESTÉVEZ contra la sociedad mercantil INVERSIONES VIRCOP C.A., ampliamente identificados al inicio de esta decisión DECLARA: Se REPONE LA PRESENTE CAUSA, al estado notificar a la parte demandada sociedad mercantil INVERSIONES VIRCOP, C.A., de la sentencia dictada en fecha 24 de marzo de 2015, previa designación de nuevo defensor judicial y como consecuencia de ello, sin efecto jurídico alguno las actuaciones posteriores al 27 de marzo de 2015.-
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en.....