SIN LUGAR la falta de cualidad activa alegada por la representación judicial de la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la falta de interés de la demandada, alegada por su representación judicial. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuso la ciudadana MARLENE ROSARIO RADA RAGA contra la ciudadana BERNALDA ANTONIA ANDRADE DE RIVERO, ambas partes identificadas en autos. En consecuencia, SE DECLARA resuelto el contrato de arrendamiento suscrito el 06 de febrero de 1994, el cual se prorrogó por periodos iguales, y subsistió a la enajenación del inmueble. CUARTO: Se CONDENA a la parte demandada a entregar a la actora el bien inmueble arrendado constituido por un apartamento distinguido con el Nº 2, del primer piso del edificio "Gallardin", ubicado en la avenida Páez, cruce con la avenida Washingtong, de la urbanización El Paraíso, Municipio Libertador, Distrito Capital. QUINTO: Se CONDENA a la parte perdidosa al pago de la cantida.....