Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDO EL RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO contentivo de Certificación N° 0386-09 dictado en fecha 25/11/2009, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Miranda "Delegación de Prevención Jesús Bravo", adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL); interpuesto por el apoderado judicial de la parte recurrente, el Dr. JOSE SANCHEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 81.083.
No hay condenatoria en costas a la parte actora del presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.