Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado DANIEL BUAVAT DE LA ROSA, contra la fiscalia 129º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, por su omisión de presentar oportunamente el acto conclusivo a propósito de la denuncia formulada por la ciudadana victima ODILIA MORAO DE BLANCO, quien explano todos y cada uno de los hechos que dieron origen a la imputación del presunto agresor, así mismo realizó diligencias efectuadas de manera oportuna y solicitadas a la parte accionante, quien estuvo acompañada de su defensa técnica. En este sentido y atendiendo a la sentencia vinculante Nº 1268/2012 y la respectiva sentencia aclaratoria Nº 1550 de fecha veintisiete (27) de noviembre de 2011 dictadas por la Sala Constitucional del.....