Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 2 de octubre de 2015 por los abogados ALDO SAVINO y RAIZA VALLERA, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora, contra la sentencia de fecha 1° de octubre de 2015 dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por la ciudadana YUBIRI DEL CARMEN CARABALLO contra FRIGORIFICO QUATRO MARCOS, C.A., QUATRO MARCOS LTDA, C.A., CRISTAL CENTER C.A. y en forma personal el ciudadano AVADIS AVADIS. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia apelada. TERCERO: ORDENA la remisión del expediente al Juzgado 8º de Prim.....